27 abril 2005

¿Laguna legal....

... o torpeza mía? (una de dos)

Creo que hoy la prensa se ha podido equivocar al decir que una de las novedades para la declaración de la renta de este año es que los inquilinos están obligados a facilitar la referencia catastral del inmueble en el que viven.

Lo primero que uno piensa al oír la noticia es que Hacienda traslada en cierto modo hacia los arrendatarios (inquilinos) una responsabilidad que incumbe al arrendador (propietario) o, en último término, a los órganos de inspección tributaria.

Una vez oída y leída la noticia, me pongo a indagar en la normativa vigente y NO VEO DÓNDE APARECE ESTA NUEVA OBLIGACIÓN.

El Real Decreto Legislativo 3/2004 (Ley de IRPF), en su artículo 106 sobre obligaciones formales de los contribuyentes habla siempre de entidades y personas físicas en el ejercicio de actividades económicas; NO DICE NADA en cuanto a obligaciones por parte de los particulares y nos remite al Reglamento.

El Real Decreto 1775/2004 (Reglamento de IRPF) en su artículo 68 sobre otras obligaciones formales de información TAMPOCO DICE NADA AL RESPECTO.


La única explicación que encuentro para justificar la noticia es que el programa de ayuda (conocido como PADRE) ha incluido una nueva casilla en la página 1 (la casilla 21) donde pide al contribuyente que diga si la casa donde vive es en propiedad (1), en usufructo (2), en arrendamiento (3) u otra situación (4), de forma que, al escribir la clave sale un mensaje que dice "debe reflejar la referencia catastral de los inmuebles que la tengan". De hecho, nos da todas las facilidades para averiguarla si tenemos acceso a Internet. A continuación, haciendo caso omiso de esta indicación, podemos CONTINUAR y no hay problema porque ¿cómo va a obligarnos a hacer algo que no dice la normativa que regula este impuesto?.

Por todo lo expuesto, y salvo que alguien me corrija, cosa que le agradecería, ni hay normativa que obligue a los inquilinos a delatar al arrendador, ni el programa PADRE impide generar el impreso si no le damos esta información.

A día de hoy las sanciones por no declarar este dato no están del todo claras porque esta obligación no ha sido aprobada por una orden ministerial. Pese a todo, Hacienda ya ha anunciado que lo sancionará. Con todos mis respetos, dudo que a alguien que consigne “situación 4” y no ponga la referencia catastral sea sancionado.


3 Comentarios:



Anonymous Anónimo dijo...

Yo pienso igual. Una casilla en un modelo no es FUENTE DEL DERECHO, je je.

Lo que sí pueden hacer en Hacienda es un requerimiento posterior para que lo digas, y ahí con la Ley General Tributaria en la mano estás obligado a decir hasta tus ocho apellidos si te los piden.

Pero yo digo una cosa: en tu hogar te saltas la casilla y santas pascuas, pero... si pides cita previa y TE LA HACEN... ahí no te va a quedar más cojones, te van a obligar.

27 abril, 2005 09:09  


Anonymous Anónimo dijo...

IRPF. LOS TÉCNICOS DE HACIENDA DUDAN DE LA LEGALIDAD DE LA
IDENTIFICACIÓN CATASTRAL DE LA VIVIENDA EN LA DECLARACIÓN

- Creen que esta iniciativa es insuficiente para luchar contra el
fraude inmobiliario

MADRID, 10 (SERVIMEDIA)

El sindicato Gestha, que agrupa al colectivo de técnicos
financieros del Ministerio de Hacienda, cree que la exigencia en la
declaración del IRPF de la identificación catastral del domicilio
habitual y el régimen bajo el que se habita (vivienda propia o
alquilada) es una medida "precipitada" y de "escasa legalidad".

En un comunicado difundido hoy, Gestha considera, además, que
esta nueva exigencia introducida en la declaración de la renta de
este año es "insuficiente" como instrumento de lucha contra el fraude
inmobiliario.

A su juicio, es "una medida a medias y de escasa legalidad que
generará desigualdades en el tratamiento concedido a los distintos
arrendadores, además de no paliar las discriminaciones territoriales
entre las diferentes comunidades autónomas".

Según estos técnicos de Hacienda, la medida no afecta a todos los
contribuyentes, al excluir a aquellos que no están obligados a
declarar y a los declarantes que reciben el borrador de declaración.

Para el secretario general de Gestha, Joaquín del Moral, de esta
manera se limitan desde el principio los efectos positivos de la
lucha contra el fraude.

Además, los técnicos de Hacienda creen que el deber de declarar
la identificación catastral de la vivienda y el régimen en el que se
habita debería tener un rango legal mayor y debería recoger la
posibilidad de sancionar a los arrendadores o arrendatarios que no
colaboren, con el fin de garantizar el cumplimiento y la eficacia de
esta medida.

Para Gestha, la iniciativa cae también en "errores y vacíos
informativos", ya que la obligación de informar sobre el domicilio
habitual no está referida al ejercicio al que corresponde la
declaración, sino al actual. Además, señala que los datos
suministrados sólo permiten a la Agencia Tributaria conocer la
referencia catastral e indirectamente el titular catastral, que no
tiene por qué ser necesariamente el arrendador.

Gestha aprovecha para denunciar la "caótica" regulación de la
tributación de arrendamientos en el IRPF, de lo que responsabiliza no
sólo al actual Gobierno sino también al anterior, y estima que la
reducción del 50% de los ingresos por arrendamiento aprobada durante
el Gobierno del Partido Popular, que se aplica a los arrendadores en
el IRPF otorga, un trato más favorable a las rentas de capital, en
perjuicio de las rentas del trabajo.

(SERVIMEDIA)
10-MAY-2005

11 mayo, 2005 14:45  


Blogger Alejandro Valdezate dijo...

Yo te puedo decir que el año pasado marque la opción 4 (por no saber cual otra marcar) y hasta hoy ... Supongo que al vivir con tus padres, la opción adecuada es la 2

11 mayo, 2006 23:34  

Publicar un comentario
(AQUI PUEDES OPINAR TU)

 

 

 

 

 

 

 

<< Volver a Inicio